| Fecha de aprobación: 29 de septiembre de 2005
Tipo de gravamen aplicable al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana:
Bienes situados en zona industrial o de servicios: 0.3677
Resto de bienes: 0.1838
Tipo de gravamen aplicable al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica: 0.7355
La ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles quedó aprobada con carácter definitivo el día 27 de noviembre de 1989.
Modificaciones en el Pleno de 25 de setiembre de 2003.
Los tipos fijados en este Anexo se aprobaron inicialmente en sesión celebrada el día 29 de setiembre de 2005 y quedaron definitivamente aprobadas el día 15 de noviembre , con efectos desde el 1 de enero de 2006.
|